El gobierno confirma moratoria “universal”, con más beneficiosa PyMeS y Autónomos

El proyecto irá al Congreso. Habría 120 cuotas para pagar deudas, con tasa del 3%.

El Gobierno nacional está trabajando en una nueva moratoria para deudas por impuestos y la seguridad social. A diferencia de la moratoria vigente, que alcanza mayormente a Pymes, la idea es que esta sea más grande y comprenda a todas las personas físicas y jurídicas.

En principio, sería una moratoria por las obligaciones impagas hasta el 30 de mayo. En el borrador que maneja el Gobierno se establece que los contribuyentes podrán anotarse entre julio y agosto. Recién comenzarán a realizar pagos en noviembre.

Pese a que no se dieron detalles, fuentes oficiales confiaron que habrá una diferenciación de plazos y tiempos para las grandes compañías y en cambio habrá un sistema más beneficioso para los pequeños contribuyentes (autónomos y pymes, entre otros).

Esta moratoria es impulsada en momentos en que el Gobierno comenzó a analizar la posibilidad de ir retirando la ayuda que presta a las empresas privadas para pagar salarios en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

“Estamos pensando en algún tipo de moratoria para blanquear a todo el mundo. Estamos trabajando en eso”, dijo el presidente Alberto Fernández el fin de último semana.

Las fuentes oficiales indicaron que el proyecto que incluye la moratoria será enviado al Congreso, pero que no vendrá directamente del Poder Ejecutivo, sino del Frente de Todos, la coalición gobernante. Allí creen que la iniciativa tendrá apoyo parlamentario de todos los sectores y bloques.

La fecha de corte será para deudas vencidas a mayo. Habrá tiempo para adherirse hasta el 31 de agosto y las primeras cuotas se empezarían a pagar recién en noviembre.

El Plan Moratoria 2020 fue diseñado por Mercedes Marcó del Pont, titular de AFIP, y permitía hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras (eran hasta 60 cuotas para aportes y retenciones), además de condonación parcial de intereses y total de multas.

La tasa es de 3% mensual fija por un año y a partir de ese momento se vuelve variable.

Además, permitía usar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP para restarlo de la deuda y habilitaba a reformular todos los planes de facilidades de pagos vigentes o caducos en una sola cuota.

Se incluyó deuda vencida hasta el 30 de noviembre de 2019 y preveía el levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal. (DIB)

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